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Seguro de moto

Seguro para moto de 125: lo que tienes que saber

Motorista en una carretera al atardecer
Foto ilustrativa

En resumen:

  • El seguro de una moto 125 es obligatorio: como mínimo, la responsabilidad civil obligatoria, aunque la moto no circule.
  • Puedes llevarla con el carnet de coche (B) si tiene más de tres años, solo en España, o con el permiso A1 desde los 16 años.
  • El seguro obligatorio no cubre tus propias lesiones ni los daños de tu moto: para eso están las coberturas voluntarias.
  • Lo que más pesa en el presupuesto suele ser quién conduce (edad, años de carnet, historial), dónde duerme la moto y las coberturas que elijas.
  • Declara siempre a todos los conductores habituales: es la mejor forma de no tener problemas el día del parte.

Buscar un seguro de moto 125 es casi un paso obligado si te has pasado a las dos ruedas para moverte por la ciudad: son motos ágiles, gastan poco y muchas personas pueden conducirlas con el carnet de coche. Pero antes de contratar conviene tener claras unas cuantas cosas: qué te exige la ley, qué carnet necesitas, qué coberturas tienen sentido para tu moto y qué datos te van a pedir. Te lo explicamos sin rodeos.

¿Es obligatorio asegurar una moto de 125?

Sí. La Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (artículo 2) obliga a todo propietario de un vehículo a motor con estacionamiento habitual en España a tener y mantener en vigor un seguro por cada vehículo. Una moto de 125 entra de lleno: da igual que la uses a diario o que pase el invierno en el garaje.

Ese mínimo legal es el seguro obligatorio de responsabilidad civil, que paga los daños que causes a otras personas y a sus bienes con la moto. Es el mismo que el de un coche, con los mismos límites legales. Todo lo demás (robo, tus lesiones, los daños de tu moto) es voluntario y depende de la póliza que elijas.

Qué carnet necesitas y cómo afecta al seguro

El Reglamento General de Conductores (artículo 4) define las motos que puede llevar el permiso A1: hasta 125 centímetros cúbicos, 11 kW de potencia (unos 15 CV) y una relación potencia/peso de hasta 0,1 kW/kg. Para conducirlas tienes dos caminos:

PermisoEdad mínimaDónde vale para la 125Qué te preguntará la aseguradora
A1 (o A2 y A)16 años (A1)En España y en el resto de la Unión EuropeaFecha del carnet de moto y experiencia previa
B (coche), con más de 3 años de antigüedad18 años (para el B)Solo en EspañaFecha del carnet B y si has llevado moto antes

Dos detalles prácticos:

  • Mira la ficha técnica antes de comprar o asegurar: si la moto supera los 11 kW, ya no es una moto de A1 y no puedes llevarla con el carnet B, aunque tenga 125 cc.
  • Si vas a salir de España con la moto y solo tienes el carnet B, no podrás conducirla fuera: la ley la permite "dentro del territorio nacional".

Quizá hayas leído que la DGT quiere exigir un curso para llevar motos de 125 con el carnet B. A fecha de hoy, el texto vigente del Reglamento en el BOE no recoge ese curso: sigue bastando con tener el carnet B con más de tres años. Si se aprueba, actualizaremos esta guía.

Qué coberturas puedes elegir

Las aseguradoras ofrecen paquetes con nombres distintos, pero casi todos se construyen con estas piezas:

CoberturaQué hace¿Obligatoria?
Responsabilidad civil obligatoriaPaga los daños que causas a otros, hasta los límites legalesSí
Responsabilidad civil voluntariaAmplía la anterior por encima de los límites legalesNo (suele venir incluida)
Defensa jurídica y reclamación de dañosAbogado para reclamar o defenderte tras un accidenteNo
Asistencia en viajeGrúa y ayuda si la moto se avería o tienes un accidenteNo
Accidentes del conductorIndemnización por tus lesiones, invalidez o fallecimientoNo
Robo e incendioPagan si te roban la moto o se quemaNo
Daños propios (todo riesgo)Reparan tu moto aunque el accidente sea culpa tuya, a menudo con franquiciaNo
Casco y equipaciónCubren casco, chaqueta o guantes dañados en un accidenteNo

Lo que contenga cada una (límites, franquicias, exclusiones) depende de cada póliza: compara siempre las condiciones, no solo el nombre del paquete.

Lo que el seguro obligatorio no cubre

Este es el punto que más sorprende a quien se estrena en moto. El artículo 5 de la ley excluye del seguro obligatorio:

  • Las lesiones o el fallecimiento del conductor que causa el accidente. Si te caes solo o el golpe es culpa tuya, el obligatorio no te paga nada por tus lesiones.
  • Los daños de tu propia moto y de lo que lleves en ella.

En un coche, la carrocería te protege; en una moto, el que se lleva el golpe eres tú. Por eso, aunque elijas una póliza sencilla, merece la pena valorar al menos el seguro de accidentes del conductor y, si la moto duerme en la calle, el robo. Si te interesa ver la diferencia entre los niveles de protección, te lo explicamos con detalle en terceros ampliado o todo riesgo (la guía es de coche, pero la lógica es la misma).

Cómo elegir el seguro de tu 125

Hazte estas preguntas antes de pedir presupuesto:

  1. ¿Cuánto vale la moto? Si es nueva o la has pagado cara, perderla por un robo o un golpe te dolerá. Si es una moto con años y poco valor, pagar daños propios puede no compensar.
  2. ¿Dónde duerme? No es lo mismo un garaje cerrado que la calle. Si está en la calle, el robo pesa más en tu decisión.
  3. ¿Para qué la usas? Ir al trabajo cada día, salir el fin de semana o repartir no es lo mismo. Si la usas para trabajar, dilo: algunos usos profesionales necesitan una póliza distinta.
  4. ¿Quién la va a conducir? Tú solo, tu pareja, tu hijo… Todos los conductores habituales tienen que estar declarados.
  5. ¿Aceptarías una franquicia? Una franquicia hace que pagues tú los primeros euros de cada reparación a cambio de una prima más baja. Te lo explicamos en cómo funciona la franquicia.

Como orientación general: a muchas 125 urbanas les encaja un terceros con robo, incendio y accidentes del conductor; a una moto nueva o de más valor, un todo riesgo con franquicia. Pero la respuesta buena es la que sale de tus respuestas a esas cinco preguntas.

Seguro de moto 125 con 16 años o para conductores jóvenes

Con 16 años se puede sacar el permiso A1 y conducir una 125, así que es muy habitual que los padres busquen seguro para la primera moto de su hijo o hija. Ten en cuenta:

  • El seguro puede estar a nombre de un padre o una madre como tomador, pero el joven tiene que figurar como conductor habitual. Poner la moto a nombre de un adulto y no declarar al joven para pagar menos es mala idea: si hay un accidente, la aseguradora puede reclamar lo pagado.
  • La edad y los años de carnet son de lo que más pesa en el precio. Por eso a un conductor novel le suele salir más caro, y por eso es tan importante comparar.
  • Si alguien de la familia tiene un buen historial en otro seguro, pregunta si cuenta: algunas aseguradoras lo tienen en cuenta y otras no.

Qué datos te pedirán para el presupuesto

Para que el presupuesto sea real y no una cifra de anuncio, tendrás que dar:

  • La moto: marca, modelo, versión, año y, si la tienes, la matrícula. Si ya tiene seguro, el recibo o la póliza actual.
  • El conductor o conductores: fecha de nacimiento, tipo de carnet y fecha de expedición.
  • Tu historial: años asegurado y partes con culpa. Si vienes de otra aseguradora, el certificado de siniestralidad ayuda a demostrarlo.
  • Dónde vive y dónde duerme la moto: código postal y si tiene garaje.

Cómo te ayudamos en SeguroPrime

Si tu 125 ya tiene seguro, envíanos el recibo de tu seguro actual: vemos qué pagas y qué tienes, y buscamos una oferta igual o mejor. Si es tu primera moto, cuéntanos qué moto es, quién la va a conducir y dónde duerme, y preparamos el presupuesto con esos datos. Todo es online y te atienden personas por WhatsApp o por teléfono. Mira las opciones en seguro de moto o pide tu presupuesto.

Fuentes: Real Decreto 818/2009, Reglamento General de Conductores (art. 4); Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (arts. 2 y 5). Consultadas el 20 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el seguro en una moto de 125?

Sí. Toda moto con estacionamiento habitual en España tiene que tener, como mínimo, el seguro obligatorio de responsabilidad civil, aunque esté parada en el garaje y no circule. Es el mismo seguro obligatorio que el de un coche.

¿Puedo asegurar una moto de 125 si solo tengo el carnet de coche?

Sí, si tu carnet B tiene más de tres años de antigüedad, porque con él puedes conducir en España motos de hasta 125 centímetros cúbicos y 11 kW. La aseguradora te preguntará tu fecha de carnet y si tienes experiencia previa en moto.

¿El seguro obligatorio de la moto cubre mis lesiones si me caigo?

No. La ley excluye del seguro obligatorio las lesiones del conductor que causa el accidente y los daños de su propia moto. Para eso hay que añadir coberturas voluntarias, como el seguro de accidentes del conductor o los daños propios.

¿Puede un chico de 16 años tener seguro de moto de 125?

Sí. Con 16 años se puede sacar el permiso A1, que permite conducir motos de 125. El seguro puede ir a nombre de los padres como tomadores, pero hay que declarar siempre al joven como conductor habitual, porque si no se declara la aseguradora podría reclamar después.

¿Qué cobertura conviene más para una moto de 125?

Depende del valor de la moto, de dónde duerme y del uso que le das. A muchas 125 de ciudad les compensa un terceros con robo, incendio y accidentes del conductor; si la moto es nueva o cara, puede interesar un todo riesgo con franquicia. Las coberturas exactas dependen de cada póliza.

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