En resumen:
- El certificado de siniestralidad es el documento en el que tu aseguradora resume tu historial: los siniestros de responsabilidad civil de los últimos cinco años o, si no has tenido, que no los hay.
- Lo puede pedir el propietario del vehículo o el tomador del seguro, y la aseguradora tiene que entregarlo en quince días hábiles.
- Lo expide la aseguradora, no la DGT.
- Sirve sobre todo para cambiar de seguro y que la nueva compañía tenga en cuenta tu buen historial al calcular el precio.
El certificado de siniestralidad es un papel que casi nadie conoce hasta que quiere cambiar de seguro de coche y la nueva compañía se lo pide. Es, en la práctica, tu "currículum" como conductor asegurado: si llevas años sin dar partes, es la forma de demostrarlo y de que eso se note en el precio. Te explicamos qué es, qué dice la ley, cómo pedirlo paso a paso y qué hacer si tu aseguradora no te lo da.
Qué es el certificado de siniestralidad
Es un documento que emite tu aseguradora con el historial de tu seguro de coche (o de moto). La ley lo define como una certificación de los siniestros con responsabilidad civil de los últimos cinco años de seguro o, si no ha habido ninguno, una certificación de ausencia de siniestros.
Dicho de forma sencilla: recoge los partes en los que tu seguro tuvo que responder por los daños causados a otros. Por eso un certificado "limpio" es tan valioso: le dice a la siguiente aseguradora que eres un cliente con poco riesgo.
Normalmente incluye:
- Los datos del tomador y, en su caso, del conductor habitual.
- El vehículo asegurado (matrícula, marca y modelo).
- El periodo que has estado asegurado en esa compañía.
- Los siniestros declarados en ese periodo, con su fecha, o la indicación de que no ha habido ninguno.
Desde la reforma de 2025, la ley dice que su contenido y formato se ajustarán a lo que apruebe la Comisión Europea, para que el mismo certificado sirva en cualquier país de la Unión. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones publicará en su web esa normativa cuando esté aprobada.
Qué dice la ley: quién lo pide y en qué plazo
Lo regula el artículo 2.7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004), en la redacción vigente desde el 26 de julio de 2025. Lo importante para ti:
| Pregunta | Lo que dice la ley |
|---|---|
| ¿Quién lo puede pedir? | El propietario del vehículo o el tomador del seguro, si es otra persona. |
| ¿Quién lo expide? | La entidad aseguradora. |
| ¿Qué periodo recoge? | Los últimos cinco años de seguro. |
| ¿Y si no he tenido siniestros? | Te deben dar un certificado de ausencia de siniestros. |
| ¿En qué plazo? | Quince días hábiles desde que lo pides. |
Ojo con el plazo: muchas páginas hablan de "15 días", pero el texto actual dice quince días hábiles, que en la práctica son unas tres semanas. Tenlo en cuenta si lo vas a necesitar con fecha.
La misma norma añade que las aseguradoras, al valorar tu historial, no pueden aplicar recargos ni descuentos por tu nacionalidad, y que las que lo usen para fijar sus precios deben publicar en su web un resumen de cómo lo hacen.
Cómo pedir el certificado de siniestralidad, paso a paso
- Reúne tus datos: nombre y DNI del tomador, número de póliza y matrícula. Si tienes varios vehículos en la misma compañía, indica de cuál lo quieres.
- Elige un canal que deje constancia: el área de clientes de la web o de la app de tu aseguradora, un correo electrónico o un escrito. Por teléfono también puede funcionar, pero así no te queda prueba de la fecha en la que lo pediste.
- Pídelo de forma clara. Basta con algo así: "Solicito, como tomador de la póliza nº …, del vehículo con matrícula …, el certificado de siniestralidad de los últimos cinco años, conforme al artículo 2.7 del Real Decreto Legislativo 8/2004".
- Guarda la solicitud (captura, correo enviado o copia sellada) y apunta la fecha: desde ahí cuentan los quince días hábiles.
- Revisa el certificado al recibirlo: que los datos sean correctos, que el periodo esté completo y que no aparezca ningún parte que no reconozcas.
- Envíalo a la nueva aseguradora o a quien te esté preparando el presupuesto. Una foto o un PDF suelen bastar.
Si has estado en varias compañías durante los últimos cinco años, puede que te pidan el certificado de cada una para completar el historial. Puedes pedírselo también a una compañía con la que ya no tienes contrato.
Para qué sirve y cuándo te lo van a pedir
El uso más habitual es al cambiar de seguro. Cuando una aseguradora calcula tu precio, tiene muy en cuenta cuántos años llevas asegurado y cuántos partes has dado. Con el certificado, la nueva compañía puede reconocer ese historial en lugar de tratarte como si empezaras de cero.
Muchas aseguradoras consultan además ficheros comunes del sector con el historial de los asegurados, así que a veces no te lo piden. Pero no siempre encuentran todos tus datos, y entonces el certificado es la forma más rápida de demostrarlo. También te puede servir:
- Cuando compras un coche nuevo y quieres llevarte el historial del anterior.
- Cuando has sido conductor de otro seguro (por ejemplo, el coche de un familiar) y ahora contratas el tuyo: pregunta a la nueva compañía si lo tiene en cuenta, porque cada una lo valora a su manera.
- Si te vas a vivir a otro país de la Unión Europea o vienes de uno, para que tu historial cuente allí.
Si lo que buscas es cambiar de seguro de coche, pide el certificado con tiempo, a la vez que empiezas a comparar. Así no se te echa encima la fecha en la que tienes que avisar a tu compañía actual.
Certificado de siniestralidad y DGT: no es lo mismo
Una búsqueda muy frecuente es "certificado de siniestralidad DGT", pero la DGT no expide este certificado. Tráfico no sabe qué partes has dado a tu seguro: eso solo lo sabe tu aseguradora.
Lo que sí da la DGT es el informe del vehículo, que habla del coche y no de ti: fecha de matriculación, titulares, cargas o incidencias que impidan transferirlo o circular. Hay un informe reducido gratuito y otros más completos que tienen tasa. Es muy útil si vas a comprar un coche de segunda mano, pero no sustituye al certificado de siniestralidad.
| Certificado de siniestralidad | Informe del vehículo | |
|---|---|---|
| ¿Quién lo da? | Tu aseguradora | La DGT |
| ¿De qué habla? | Tu historial de siniestros como asegurado | El coche: titulares, cargas, incidencias |
| ¿Para qué sirve? | Cambiar de seguro y que cuente tu historial | Comprar o vender un coche con seguridad |
Qué hacer si no te lo dan o tiene errores
La entrega del certificado es una obligación legal de la aseguradora, no un favor. Si pasan los quince días hábiles y no lo tienes:
- Reclámalo por escrito a la compañía, citando la fecha de tu primera petición y el artículo 2.7 del Real Decreto Legislativo 8/2004.
- Si no responden, presenta una queja ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la aseguradora. Todas están obligadas a tener uno.
- Si siguen sin dártelo o no estás conforme con la respuesta, puedes reclamar ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Si el certificado tiene un error (un parte que no fue culpa tuya, un periodo que falta, otra matrícula), pide la corrección por escrito y aporta lo que tengas: el parte amistoso, la comunicación de la aseguradora que cerró el siniestro o tus recibos. Un error en el historial puede encarecer tu próximo seguro, así que merece la pena revisarlo.
Cómo te ayudamos en SeguroPrime
Si llevas años sin partes, ese historial tiene valor y conviene que se note en lo que pagas. Envíanos el recibo de tu seguro actual y, si lo tienes, tu certificado de siniestralidad: vemos qué pagas y qué coberturas tienes, y buscamos una oferta igual o mejor. Todo es online y te atienden personas por WhatsApp o por teléfono. Puedes ver las opciones en seguro de coche o pedir tu presupuesto directamente. Recuerda que las condiciones exactas de cada seguro dependen de cada póliza.
Fuentes: Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (art. 2.7, redacción vigente desde el 26 de julio de 2025); DGT, informe de un vehículo. Consultadas el 14 de octubre de 2026.